Una nueva reforma tributaria
El día de ayer, el presidente de la república, Sr. Sebastián Piñera Echeñique, informó haber firmado el proyecto de reforma tributaria que había comprometido al asumir su mandato.
Los puntos considerados son los siguientes y al pie se agregan unas breves notas del autor.
- Crear un sistema tributario más simple y único, más equitativo y plenamente integrado, para todas las empresas chilenas, salvo un régimen más favorable y especial para las Pymes, que tendrán menores tasas de impuestos. De esta forma, los impuestos pagados por las empresas serán crédito para los impuestos que deban pagar las personas, lo que favorecerá a más de 150 mil Pymes y a grandes sectores de la clase media, y además facilitará la vida a todos nuestros contribuyentes (1)
- Establecer incentivos a la inversión y crecimiento económico a través de un Sistema de Depreciación Acelerada o incluso instantánea para todas las empresas, y que será más favorable para la Región de La Araucanía; (2)
- Promover el desarrollo de las Pymes a través de un sistema tributario más simple y comprensible, con incentivos especiales a la inversión y con menores tasas de impuestos; (3)
- Fortalecer y clarificar las normas para combatir mejor la evasión y la elusión;
- Extender hasta el año 2035 las franquicias tributarias para la contratación de mano de obra e inversiones en nuestras Zonas Extremas;
- Incentivar la adquisición de viviendas por parte de nuestra clase media, ampliando de 2000 a 4000 UF el valor de las viviendas que pueden beneficiarse de esta franquicia;
- Crear la “Defensoría del Contribuyente” para evitar actos arbitrarios o abusivos contra ellos, otorgándoles mayor certeza y mayor seguridad jurídica;
- Fomentar la donación de las empresas a instituciones sin fines de lucro de bienes de primera necesidad que hoy día, muchas veces, se destruyen, como alimentos, pañales, artículos de higiene personal, libros, útiles escolares, ropa y tantos más, permitiéndoles a las empresas descontar como gasto estas donaciones;
- Establecer el uso obligatorio de la Boleta Electrónica, igual como ya lo hicimos con la factura electrónica, y separar la parte del precio que corresponde al producto vendido de aquella que corresponde al impuesto del IVA;
- Modernizar y simplificar las normas de tributación internacional para atraer más inversión a nuestro país y para fomentar la integración de nuestra economía al mundo;
- Equiparar la carga tributaria entre aquellas empresas que venden bienes y servicios en forma convencional y aquellas que lo hacen en forma digital;
- Modernizar y perfeccionar los impuestos verdes a actividades contaminante
Lo anterior, sujeto a principio de asegurar la recaudación tributaria para el Estado, para que el Estado pueda cumplir adecuadamente sus importantes funciones, especialmente en materia de políticas sociales y obras de infraestructura.
Notas
(1) Esto significa que se derogan los regímenes tributarios vigentes a contar del 01 de enero de 2017, por lo que resultará relevante conocer las disposiciones transitorias que establezcan la solución de los saldos de los registros empresariales y su tratamiento en el nuevo régimen a aplicar. Será interesante conocer cómo se logrará el objetivo que las Pymes se gravarán con tasas de impuestos menores. Será importante también conocer las opciones que tendrán los contribuyentes acogidos al régimen de renta atribuida ante la derogación de dicho régimen.
(2) Actualmente existen regímenes de depreciación acelerada aplicables a todas las empresas y otros aplicables a empresas que tengan un volumen de ventas inferiores a 100.000 UF. Se deberá conocer el tratamiento de la diferencia de depreciación antes los retiros o distribuciones de utilidades.
(3) Cabe recordar que hasta el 31 de diciembre de 2016 existía el régimen 14 bis, que mediante una base imponible correspondiente a los retiros o distribuciones se lograba que la tasa de impuestos efectiva con relación a la utilidad era menor a la tasa general.
gracias carlosarag, saludosreliable pharmacy
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