Un aporte a la Reforma Tributaria
Ha pasado un tiempo desde que se anunció la posibilidad de hacer ajustes a la Reforma Tributaria contenida en la Ley 20.780 y hasta la fecha no se conoce el alcance de dichos ajustes y las expectativas de algunos aún siguen siendo muy altas en cuanto a que se trate de “reformar la reforma” y no de simples ajustes o precisiones normativas.
Por este medio quiero manifestar una opinión de qué se podría hacer para lograr una cierta estabilidad normativa.
Mi propuesta es extender la aplicación de las disposiciones transitorias vigentes para el año 2015 y 2016, especialmente en lo relativo a que las empresas puedan pagar un impuesto sustitutivo de los impuestos personales que afectan los repartos de utilidades, cuyo procedimiento pueden conocer en forma gratuita en el sitio www.carlosarag.cl por medio del acceso a un video publicado en dicho lugar.
El otro aspecto de la propuesta es que a la Renta Liquida Imponible de los años comerciales 2015 y 2016 se le aplique la misma tasa determinada para los efectos del impuesto sustitutivo mencionado en el párrafo anterior, permitiendo con esto liquidar los impuestos personales que corresponda aplicar por dichas utilidades y comience la aplicación de la reforma tributaria sin saldos de utilidades tributables.
Estas disposiciones pueden extender su aplicación por un par de años más.
Con esto el país gana 4 años con cierta estabilidad y poder esperar o propiciar las condiciones para la recuperación económica del país.
Invito a los lectores a publicar sus comentarios.