Ajustes o Reforma a la Reforma
Hace unas pocas semanas el gobierno anunció que era necesario simplificar los regímenes tributarios vigentes a contar del año 2017, conocidos como Régimen de Renta Atribuida y Régimen Parcialmente Integrado, incorporados por la Ley 20.780, reconociendo con eso que sí son complicados.
En las noticias publicadas se anuncia que el régimen de renta atribuida sólo quedará para empresas formadas por personas naturales, domiciliadas o residentes en Chile y las empresas que se acojan al régimen contenido en el artículo 14 Ter Pyme podrán estar formadas por personas naturales y por empresas que se acojan al régimen de renta atribuida.
Si bien no se conoce el detalle de las modificaciones, la comunidad tributaria y/o empresarial podrá preguntarse: ¿estos son todos los cambios necesarios para simplificar los regímenes tributarios?, o ¿estos cambios de verdad simplifican los regímenes tributarios?
En mi opinión el tamaño de una empresa no se mide sólo por su constitución, por lo que establecer la imposibilidad de que ciertas entidades no se puedan acoger al régimen de renta atribuida por este motivo, quizá simplifica, pero lo que sí hace es discriminar donde contribuyentes con una misma capacidad contributiva podrían tener una distinta carga tributaria.
Invito a contadores, auditores, abogados, empresarios a dejar su opinión y ser parte de una comunidad que se ocupe de lograr un régimen tributario que reconozca las distintas capacidades contributivas, pero que sea simple para facilitar su cumplimiento, por parte de los contribuyentes, la fiscalización por parte de los funcionarios del SII y la justicia por parte de los Tribunales Tributarios.