Suben los impuestos?
A contar del 1 de enero de 2017 comienzan a regir los regímenes de tributación de las rentas empresariales, conocido como “renta atribuida” y “parcialmente integrado”, donde sus características generales son las siguientes:
a) Renta Atribuida
- Empresas pagan un 25% por concepto de Impuesto de Primera Categoría (IDPC)
- Los propietarios se afectan con impuestos personales en base a una cuota de la renta liquida imponible determinada por la empresa en el mismo ejercicio de su determinación, sin necesidad de efectuar retiros o distribuciones de utilidades
- El IDPC se deduce como crédito en contra de los impuestos finales en un 100%
- Las empresas deben tener una determinada constitución jurídico (las SA no pueden acogerse) y un cierto tipo de socios (las empresas que tengan socios personas jurídicas locales no pueden acogerse)
b) Parcialmente integrado
- Empresas pagan un 27% por concepto de Impuesto de Primera Categoría
- Los propietarios se afectan con impuestos personales en base a retiros o distribuciones de utilidades efectivas
- El IDPC se deduce como crédito en contra de los impuestos finales en un 65%
- Cualquier empresa se puede acoger a este régimen.
Por otra parte, a contar del año calendario 2017, comienza a regir una nueva tabla de Impuesto Global Complementario (IGC), donde las rentas superiores a 120 UTA se afectarán con un 35%, aplicándose una rebaja de 23,32 UTA.
Conforme a lo anterior se puede determinar que para un nivel de renta afecta equivalente a 233,2 UTA, la tasa efectiva es un 25%, produciéndose la siguiente situación:
a) Renta atribuida (cuota o parte de RLI): el IGC se cubre con el 25% de crédito por concepto de IDPC, es decir, 58,3 UTA
b) Parcialmente Integrado (retiros o distribuciones):
- Retiros o distribuciones 170,24
- Incremento por IDPC 62,96
- Base afecta 233,20
- IGC 58,30
- Restitución (35% s/62,96) 22,00
- Crédito IDPC ( 62,96)
- IGC a pagar 17,34
El impuesto total asciende a 80,3 UTA. (62,96 + 17,34)
Se puede observar que una misma renta afecta proveniente de empresas de régimen de renta atribuida o parcialmente integrado, en este último caso paga un mayor impuesto.
La pregunta es ¿Cuánto habría pagado en el AT 2017 una renta afecta de 233,2 UTA?.
El monto asciende a $ 129.238.507 (considerando la UTA de $ 554.196)- Este monto determina un IGC de $ 34.698.211, que equivalen a 62,6 UTA.
En consecuencia, respecto al régimen de renta atribuida bajaría el impuesto, en cambio, respecto al régimen parcialmente integrado, aumentaría.
Conforme a la información publicada por el SII, el 83% de las empresas tributará en el régimen de renta atribuida. Si se considera que las empresas tomaron la decisión debidamente informadas, a un 83% de los propietarios de empresas les disminuirá su carga tributaria en vez de aumentarlas. http://www.sii.cl/noticias/2017/050117noti01as.htm